DIARIO MEDICO

S. Rego/M. Esteban. Santander/ Madrid

4 de mayo de 2001

Hay que indemnizar a cada interino afectado por una oferta irregular

El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha condenado a la Diputación Regional cántabra a pagar a una interina una indemnización de más de 8 millones de pesetas por daños y perjuicios. El fallo considera que hubo un funcionamiento anormal de la Administración, pues la reincorporación de un interino que fue destituido ilegalmente provocó a su vez un daño patrimonial a la interina que ocupaba irregularmente el puesto.

La destitución ilegal de un interino suele tener como consecuencia que los tribunales acuerden por sentencia la restitución del médico en la plaza, ya sea porque la amortización del puesto no se realizó correctamente o porque la plaza no ha sido ocupada por un titular, sino por otro interino. Sin embargo, en este vaivén de interinos que entran y salen de los puestos no sólo puede resultar afectado el que que ha sido destituido irregularmente, sino también quién, como consecuencia de la reincorporación, es removido de la plaza.

El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha concedido a una interina una indemnización de más de 8 millones de pesetas por daños y perjuicios al ser destituida en una plaza a la que accedió por un concurso que no era posible convocar legalmente.

Para comprender el caso hay que tener en cuenta los hechos que motivaron la interposición de la demanda. La interina que reclama la indemnización ocupó una plaza que antes había sido desempeñada por otro médico interino a quien se le comunicó el cese por parte de la Administración argumentando que el puesto iba a ser cubierto por un titular, lo que en realidad no ocurrió, pues la plaza fue ocupada por otra interina.

Esta irregularidad llevó al interino desplazado por la convocatoria a solicitar la reposición en su puesto, pues la plaza había sido ocupada por otro interino. Ganada la demanda, se declaró por sentencia la reincorporación del interino por cese ilegal y la consiguiente remoción de la interina que había accedido al puesto por concurso.

Veto legal

La sentencia considera que existe "funcionamiento anormal del servicio público sanitario, gestionado en este caso por la Diputación Regional de Cantabria, que fue quien sacó a concurso la plaza vacante cuando ello no era legalmente posible, puesto que se cubrió por otro funcionario interino".

Esta irregularidad queda acreditada en la sentencia judicial que declaró la restitución del primer interino y la remoción de la interina que reclama, pues "aquella resolución judicial generó un importante daño patrimonial para la interina destituida".

El perjuicio era patente porque la médico, para ocupar la plaza que se sacó ilícitamente a concurso, había renunciado a la que anteriormente ocupaba como médico interino y porque perdió el puesto que ostentaba en la lista de contrataciones de interinos. En cuanto al valor de la indemnización, la sentencia considera como adecuado el pago de las cuantías dejadas de percibir en la plaza que efectivamente desempeñaba antes del concurso y que ascienden a más de 8 millones de pesetas.